La justicia laboral condenó a una empresa a pagar una importante suma de dinero a uno de sus trabajadores, que trabajaba hasta 18 horas por día y sufrió un infarto
El fallo fue firmado por los jueces de la Sala Séptima de la Cámara del Trabajo Néstor Rodríguez Brunengo, Juan Ruiz Díaz y Estela Ferreiros, en beneficio de Alberto Agüero, chofer de la firma Maco Transportadora de caudales.
Los camaristas entendieron que el infarto de miocardio del que fue víctima el trabajador, si bien estaba asociado a circunstancias "congénitas, alimenticias", también se debió a "situaciones de estrés propias del trabajo".
"Cuando las condiciones laborales se manifiestan con claridad como predisponentes de este tipo de padecimientos, debe otorgársele, al menos, carácter laboral a la dolencia", razonaron los camaristas.
"Ha quedado demostrado que el actor realizaba su tarea como chofer por extensísimas jornadas diarias, circunstancia que lo sometía a un considerable estrés", abundaron.
"Resulta de público y notorio que manejar por la ciudad, es una actividad estresante por la permanente exigencia de atención que imponen el cumplimiento de las señales de tránsito, embotellamientos, coordinación con otros conductores y con los peatones, el peligro de provocar accidentes o ser víctimas de robos", reseñaron los magistrados.
Los tres camaristas tuvieron en cuenta también una pericia médica que sostuvo que "el estrés continuo predispone a la hipertensión arterial y el estrés y la hipertensión son causa o concausa de infarto de miocardio... estar sometido a varias horas de trabajo como lo hacía el actor sin descanso, sentado continuamente manejando y mal dormido pueden provocar estrés".
La jornada laboral de Agüero alcanzaba en ocasiones las 18 horas, por lo que los camaristas entendieron que su afección se debió a "factores laborales vinculados con el incumplimiento de la demandada... dado que su incumplimiento del régimen de jornada tiene relación concausal con el infortunio y la torna responsable".