Denunciaron a 20 usuarios argentinos usar Emule


         

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Resultados 41 al 50 de 127

  1. #41
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    27 nov, 05
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    Guauuu!!! esd mucha informacion todo esto.
    mientras proceso esta informacion sigo compartiendo a full!!!!!!!!!! hasta que la maquina haga CAPIFF!
    otra cosa, si nos meten en cana a todos o nos meten multa, ¿quien va a pagar internet solo para chatear o leer el diario?


    si por su amor eres feliz y el mundo es gris cuando no esta, si no concibes vivir sin verla... sin dudar es la mujer que tu soñabas

  2. #42
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    16 ago, 05
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    Predeterminado

    Quedense tranquilos que con esto no pasa nada: ES UN BLUFF MAS GRANDE QUE UNA CASA!
    La CAPIF es incompetente y no tiene ni la mas palida idea de como detectar usuarios de redes P2P.
    Estos anuncios son solo para amedrentar a los gilastrunes.
    Salcedo es un incompetente total y no tiene ni idea de los que es internet.

  3. #43
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    Cita Iniciado por alfredpicus
    ¿Eres realmente un pirata?

    No Eres un Pirata


    1.¿Bajas música o Películas de Internet?
    Según la Ley de Propiedad Intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que vaya a ser objeto de negocio.(SGAE)

    Pagina Oficial de la SGAE
    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    2.Cuando bajas esta música o Películas, ¿la grabas en varios CDRs, sales a la calle y la vendes?
    Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    3.Si bajas música o peliculas ¿sueles regalar esa música o peliculas a un amigo/a?
    Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    4.Si bajas música o Películas, ¿la usas para escucharla tú sólo en tu entorno privado?
    Al utilizarla en privado no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    5.Si bajas música o Películas ¿la programas en una radio comercial?
    Al no obtener beneficio económico directo no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    6.Si bajas música, ¿tienes a varios manteros a tu servicio vendiendo las copias de esta música por todas las calles de España o sólo de tu ciudad?
    Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    7.Si eres dueño de una gran cadena mediática, bajas música de internet y al programarla en tu televisión o películas que produces ¿pagas derechos de autor?
    Al no difundirla o hacerlo pagando los correspondientes derechos de autor no existe delito alguno.

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    8.¿Cuántos títulos aproximadamente tiene tu colección de música?
    Según la Ley de Propiedad Intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Portanto usted tenga los titulos que tenga , no esta infringiendo la ley de la propiedad intelecutal siempre que el uso de este material sea privado.

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    9.Alquilas películas en el videoclub y luego ¿realizas una copia de la película?
    Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    10.¿Navega usted por el mar caribe (u otros) con un barco abordando otras naves, saqueandolas, pasando a la tripulación por el cuchillo y robando todas sus riquezas ?

    Al no abordar naves usted no esta cometiendo ningú delito.

    http://www.nosoypirata.com/soyunpirata2.php
    BUENISIMO!!! :roll:

  4. #44
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    88

    Predeterminado

    Cita Iniciado por alfredpicus
    ¿Eres realmente un pirata?

    No Eres un Pirata


    1.¿Bajas música o Películas de Internet?
    Según la Ley de Propiedad Intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que vaya a ser objeto de negocio.(SGAE)

    Pagina Oficial de la SGAE
    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    2.Cuando bajas esta música o Películas, ¿la grabas en varios CDRs, sales a la calle y la vendes?
    Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    3.Si bajas música o peliculas ¿sueles regalar esa música o peliculas a un amigo/a?
    Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    4.Si bajas música o Películas, ¿la usas para escucharla tú sólo en tu entorno privado?
    Al utilizarla en privado no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    5.Si bajas música o Películas ¿la programas en una radio comercial?
    Al no obtener beneficio económico directo no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    6.Si bajas música, ¿tienes a varios manteros a tu servicio vendiendo las copias de esta música por todas las calles de España o sólo de tu ciudad?
    Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    7.Si eres dueño de una gran cadena mediática, bajas música de internet y al programarla en tu televisión o películas que produces ¿pagas derechos de autor?
    Al no difundirla o hacerlo pagando los correspondientes derechos de autor no existe delito alguno.

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    8.¿Cuántos títulos aproximadamente tiene tu colección de música?
    Según la Ley de Propiedad Intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Portanto usted tenga los titulos que tenga , no esta infringiendo la ley de la propiedad intelecutal siempre que el uso de este material sea privado.

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    9.Alquilas películas en el videoclub y luego ¿realizas una copia de la película?
    Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :

    "Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."

    Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31

    10.¿Navega usted por el mar caribe (u otros) con un barco abordando otras naves, saqueandolas, pasando a la tripulación por el cuchillo y robando todas sus riquezas ?

    Al no abordar naves usted no esta cometiendo ningú delito.

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    BUENISIMO!!! :roll:

  5. #45
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    Avatar de elmono87
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    El tema esta en que no hace falta grabar o salir a vender cd's a la calle, con el solo hecho de bajarte un cd, no tenes que pagar los 30 pesos que sale, por ese motivo ya lo consideran pirateria... igualmente, como dijeron varios por ahi, los artistas entre recitales, giras, notas que dan a television, radios y diarios revistas, etc, y merchandising ya estan hechos...

    pienso que Cucho o Calamaro realmente creen lo que estan diciendo, los demas solo dicen que es un problema para que no los acusen de apoyar todo esto...

    ademas, salen ganando: supongamos que hubiera un terrible control sobre la pirateria y no se pueda hacer de ninguna forma, estando obligados a pagar los 30 pesos que sale un cd...
    cuantos hoy por hoy realmente estan en condiciones de hacerlo? yo creo que muy pocos...

    con las descargas de cd's por internet, mucha mas gente escucha al disco, lo que se traduce en recitales con mas gente, mas venta de merchandising, etc...
    teniendo en cuenta lo poco que reciben de parte de las grandes cadenas de negocios musicales, "apoyando" la pirateria hasta salen ganando...

    y si estan en contra, que rebajen los precios de los discos, como un minimo muy minimo a 15 pesos...

    y lo que dijo Maicoxoft de la Mona Jimenez, es muy cierto: los discos los vende baratos, asi son de facil llegada a la gente...

    Tambien hay que tener en cuenta el target: por ej, los cds de cumbia salen alrededor de 10 o 15 pesos originales, pero pork van destinados quiza a gente mas bien humilde (dicho sea de paso, me encanta la cumbia y el cuarteto )
    en cambio, las bandas internacionales quiza van destinadas a gente con mas plata, de ahi el elevado precio de los discos...

    y es que supuestamente, si una persona puede pagar $150 pesos por una entrada de campo para ver a U2, deberia poder pagar un CD original


    eso es lo que pienso, saludos!
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    M.2 WD Black 1 TB NVME x2 HDD WD Caviar Black 4 TB Palit GeForce RTX 3070 GamingPro 8GB GDDR6
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  6. #46
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    yo digo que no pierden plata los musicos ni nadie.. porque si no pudieramos bajar las cosas no significa que las comprariamos.... en mi caso, no.
    no les compraria nada...
    entonces:
    si yo no compraria pudiendo bajar o no... que pierden?
    ................................

  7. #47
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    492

    Predeterminado

    ahora.. en cuanto a lo que decian por ahi atras de que no es delito bajar.....

    Ánimo de Lucro
    En relación al tema que nos ocupa se trata de:
    Obtener beneficio económico directo.

    ¿Por qué?
    Siendo ánimo de lucro (como preconiza la SGAE):
    Cualquier cosa que reporte un beneficio, como ahorrarse el dinero que costaría comprar el original.


    eso está diciendo que ahorrarse de pagar es delito...

    y la otra es:

    Según la Ley de Propiedad Intelectual una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa.


    que es la que decian, pero es para el que hace copias de sus cosas originales.. creo
    ................................

  8. #48
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por javierxar
    ahora.. en cuanto a lo que decian por ahi atras de que no es delito bajar.....

    Ánimo de Lucro
    En relación al tema que nos ocupa se trata de:
    Obtener beneficio económico directo.

    ¿Por qué?
    Siendo ánimo de lucro (como preconiza la SGAE):
    Cualquier cosa que reporte un beneficio, como ahorrarse el dinero que costaría comprar el original.


    eso está diciendo que ahorrarse de pagar es delito...

    y la otra es:

    Según la Ley de Propiedad Intelectual una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa.


    que es la que decian, pero es para el que hace copias de sus cosas originales.. creo


    Nuestra legislación en materia de Propiedad Intelectual PROHIBE TERMINANTEMENTE LA COPIA DE LA OBRA SIN AUTORIZACIÓN DEL AUTOR. O sea, si te compraste un CD original, NO tenés derecho a hacer copia. El artículo que citan como el artículo 31 de la ley de Propiedad Intelectual no existe, no se de donde sacaron eso, pueden buscar la ley en internet, (aclaro que sufrió reformas desde 1933, busquen alguna actualizada).
    El único caso que se permite la copia de SALVAGUARDA sin autorización del autor, es para los programas de computación. Esto presenta una contradicción con el texto de la ley y es la única excepción.

    TRANSCRIBO:

    Ley de Propiedad Intelectual (ley 11.723)

    ARTÍCULO 71.- Será reprimido con la pena establecida por el artículo 172 del Código Penal, el que de cualquier manera y en cualquier forma defraude los derechos de propiedad intelectual que reconoce esta ley.

    ARTÍCULO 72.- Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente se considerarán casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece, además del secuestro de la edición ilícita:

    a) El que edite, venda o reproduzca por cualquier medio o instrumento, una obra inédita o publicada sin autorización de su autor o derechohabientes;


    CODIGO PENAL:

    Cap. IV - Estafas y otras defraudaciones

    Art.172.- Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño.
    texto conforme a las leyes 11221, de fe de erratas, y 23077.

    Título VII -

    Participación criminal

    Art. 45.- Los que tomasen parte en la ejecución del hecho o prestasen al autor o autores un auxilio o cooperación sin los cuales no habría podido cometerse, tendrán la pena establecida para el delito. En la misma pena incurrirán los que hubiesen determinado directamente a otro a cometerlo.



    Aclaro que esto es Derecho Positivo ARGENTINO, (para los visitantes extranjeros).

    Saludos

  9. #49
    Usuario
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    15 nov, 05
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    Argentoxxx
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    31

    Predeterminado

    Yo les diria que tengan cuidado con c.a.p.i.f porque si esta tomando cartas en el asunto. Por ejemplo un conocido tenia una pagina web alojada en freeservers y hace poco se la dieron de baja sin ninguna comunicacion. Ahora cuando uno pone la dir de esa web en el navegador lo redirige a una pagina en blanco con el siguiente enlace

    Código:
    http://www.capif.org.ar/iapu/?sitio=XXXXX

    Resulta que i.a.p.u. es una división especial que investiga la piratería en la Red. Se llama Unidad de Antipiratería en Internet (I.A.P.U. en ingles) que da de baja casillas de correo y sitios web que ofrecen copias de CD.
    Pueden leer acerca del accionar de esta unidad en los sig. enlaces.

    http://www.fierrodigital.com/seccion...&IDNoticia=148
    http://epymes.competir.com/actualida...AreaInteres=68
    http://www.cordoba.net/notas.asp?idcanal=36&id=30011

  10. #50
    Super Administrador Avatar de ciufu
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    29,358

    Predeterminado

    solo se que no se nada.... si tengo una videograbadora y me grabo una peli de la tv es ilegal? si me ocmpro un libro y lo presto no estoy compartiendo? acaso es ilegal?

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