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Soy Un Tipo Colgado!
| Compartir en: Recursos en peligro: Presidente Cristina Kirchner veta ley de protección ambiental
Es muy largo de leer aviso, pero dense cuenta de q un glaciar es una fuente de agua dulce q la argentina no puede perder.. por.. ¿ORO? que ademas cuanto quedara de eso en la argentina.. lean La presidente Cristina Kirchner vetó el proyecto de ley que protegía los glaciares, donde se prohibía en ellos, la explotación petrolera y minera entre otras cosas. Ahora, la presidente pide al Congreso que permita la explotación "regulada" de los recursos... La presidente en los considerandos de su decreto, menciona, porque veta la ley, veamos que dice el artículo 6 que tanto desea vetar: "Que el artículo 6º del Proyecto de Ley prohíbe, en los glaciares, las actividades que puedan afectar su condición natural o que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance, en particular las siguientes: a) la liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen; b) la construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica; c) la exploración y explotación minera o petrolífera, incluyendo en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial saturado en hielo y d) la instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales. " La presidente veta la ley, porque no está de acuerdo con el artículo 6, ella debe garantizar que el saqueo de los recursos sea total, y no le interesa preservar el medioambiente, pues dice luego: "Que, tal como señala la SECRETARIA DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el establecimiento de presupuestos mínimos no puede limitarse a la absoluta prohibición de actividades, sino por el contrario a fijar parámetros mínimos que las provincias deben asegurar, pudiendo éstas establecer parámetros más rígidos aún, de acuerdo a su especial situación ambiental." No está de acuerdo con la prohibición total, para así admitir "excepciones" que serán las que arruinen por completo la configuración de las bellezas naturales y de los recursos no renovables e imprescidinbles, no solo para el futuro de los argentinos, sino también de toda la humanidad. Dice luego: "Que la prohibición de actividades descripta en el referido artículo 6º del Proyecto de Ley, de regir, podría afectar el desarrollo económico de las provincias involucradas, implicando la imposibilidad de desarrollar cualquier tipo de actividad u obra en zonas cordilleranas." Es decir, argumenta que con una prohibición total las provincias estarían dejando de ganar dinero, cuando justamente esas provincias (por citar un ejemplo) actualmente reciben solo el 3% de las regalías por la explotación de las mineras, que la ley minera vigente en Argentina admite. No es negocio la ley vigente, como tampoco es útil, vetar este proyecto, pues pone en riesgo los recursos naturales de la Nación. Conclusión: O la presidente Cristina Kirchner es cómplice del saqueo y destrucción de los recursos, o no conoce ni está capacitada para legislar ni opinar sobre el tema. Decreto completo: B.O. 11/11/08 - Decreto 1837/08 - POLITICA AMBIENTAL NACIONAL - Observa Proyecto de Ley 26.418 POLITICA AMBIENTAL NACIONAL Decreto 1837/2008 Obsérvase el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.418 Bs. As., 10/11/2008 VISTO el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.418, sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 22 de octubre de 2008, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional se encuentra comprometido con la protección del medio ambiente ya que es esencial para la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras. La preservación del ambiente constituye un aspecto fundamental de la agenda política internacional con impactos crecientes en el territorio nacional, declarándose al desarrollo sustentable como una política de Estado. Que se ha avanzado en la incorporación de la dimensión ambiental en todos los niveles de Gobierno, optimizando el uso de instrumentos tales como el ordenamiento territorial, la obligatoria evaluación del impacto ambiental, la adopción de sistemas de diagnóstico e información ambiental, la participación ciudadana y el régimen económico de desarrollo sostenible. Que en ese sentido, la Ley General del Ambiente Nº 25.675 establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. Que la referida Ley General del Ambiente dispone que los instrumentos de la política y la gestión ambiental son: el ordenamiento ambiental del territorio, la evaluación de impacto ambiental, el sistema de control sobre el desarrollo de las actividades antrópicas, la educación ambiental, el sistema de diagnóstico e información ambiental y el régimen económico de promoción del desarrollo sustentable. Que además, establece el Sistema Federal Ambiental con el objeto de desarrollar la coordinación de la política ambiental, tendiente al logro del desarrollo sustentable, entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instrumentado a través del Consejo Federal de Medio Ambiente. Que, por otra parte, establece las normas que regirán los hechos o actos jurídicos lícitos o ilícitos que, por acción u omisión, causen daño ambiental de incidencia colectiva, definiéndolo como toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos. Que por el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.418 se procura establecer los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas. Que a través de los artículos 3º, 4º y 5º del mencionado Proyecto de Ley se crea el Inventario Nacional de Glaciares, donde se individualizarán todos los glaciares y geoformas periglaciales que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional con toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo; se determina la información que deberá contener dicho Inventario y el plazo para su actualización; y se prevé su realización por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales con la coordinación de la Autoridad Nacional de Aplicación de la norma sancionada. Que al respecto, como bien ha señalado el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la gran mayoría de los glaciares que están ubicados en el territorio continental argentino, se encuentran en las adyacencias del límite internacional con la REPUBLICA DE CHILE, en áreas que se encuentran aún pendientes de demarcación, y la inclusión o exclusión de glaciares en el inventario puede tener efectos en relación con los trabajos de demarcación en curso. Que el artículo 6º del Proyecto de Ley prohíbe, en los glaciares, las actividades que puedan afectar su condición natural o que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance, en particular las siguientes: a) la liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen; b) la construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica; c) la exploración y explotación minera o petrolífera, incluyendo en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial saturado en hielo y d) la instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales. Que, tal como señala la SECRETARIA DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el establecimiento de presupuestos mínimos no puede limitarse a la absoluta prohibición de actividades, sino por el contrario a fijar parámetros mínimos que las provincias deben asegurar, pudiendo éstas establecer parámetros más rígidos aún, de acuerdo a su especial situación ambiental. Que, en la actualidad, previo a la autorización de cualquier actividad y la concreción de cada inversión debe verificarse a nivel provincial la posibilidad, viabilidad técnica y ambiental de su realización, y así únicamente se procede a autorizar las actividades que implican o conllevan la posibilidad de realizarse en el marco de un desarrollo sustentable con cuidado del medio ambiente. Que la prohibición de actividades descripta en el referido artículo 6º del Proyecto de Ley, de regir, podría afectar el desarrollo económico de las provincias involucradas, implicando la imposibilidad de desarrollar cualquier tipo de actividad u obra en zonas cordilleranas. En este sentido, la prohibición de construcción de obras de infraestructura no toma en cuenta que muchas de ellas tienen carácter público y son de uso comunitario como los pasos fronterizos; y la prohibición de la exploración y explotación minera o petrolífera, incluyendo en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial saturado en hielo, daría preeminencia a los aspectos ambientales por encima de actividades que podrían autorizarse y desarrollarse en perfecto cuidado del medio ambiente. Que, en virtud de que la Ley General del Ambiente Nº 25.675 prevé el sistema de evaluación de impacto ambiental previo a la autorización de toda obra o actividad susceptible de degradar el ambiente, la prohibición contenida en el artículo 6º del Proyecto de Ley sancionado resulta excesiva, no pudiendo constituir válidamente parte de un presupuesto mínimo ambiental. Que el artículo 7º del Proyecto de Ley dispone que todas las actividades proyectadas en los glaciares o el ambiente periglacial, que no se encuentran prohibidas, estarán sujetas a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, según corresponda conforme escala de intervención, previo a su autorización y ejecución, conforme a la normativa vigente, con excepción de las actividades de rescate, científicas y deportivas. Que el referido artículo 7º del Proyecto de Ley condiciona cualquier otra actividad no prohibida a la presentación y aprobación de estudio de impacto ambiental. Que el artículo 15 del Proyecto de Ley establece que las actividades descriptas en el artículo 6º, en ejecución al momento de la sanción de la norma, deberán, en un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días, someterse a una auditoría ambiental en la que se identifiquen y cuantifiquen los impactos ambientales potenciales generados, y en caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial se ordenará el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan. Que el referido artículo 15 del Proyecto de Ley, toda vez que pretende someter a las actividades en ejecución a una nueva auditoría ambiental a resultas de la cual, podría disponerse el traslado o cese de la actividad, no pondera que cada actividad en ejecución en las provincias involucradas pasa por las evaluaciones y autorizaciones ambientales pertinentes previo a entrar en ejecución y es objeto de monitoreo constante por parte de las autoridades ambientales provinciales. Que las actividades que la norma prohíbe en su artículo 6º y la realización de una auditoría ambiental de las actividades en ejecución prevista en el artículo 15, no contempla que las provincias involucradas, a través de las instituciones y las normas nacionales y locales existentes, cuentan con los controles suficientes para evaluar y autorizar las actividades de infraestructura, industriales, mineras, hidrocarburíferas, etc., en plena armonía, equilibrio y cuidado del medio ambiente. Que por ello, Gobernadores de la zona cordillerana han manifestado su preocupación con lo dispuesto por la norma sancionada, toda vez que repercutiría negativamente en el desarrollo económico y en las inversiones que se llevan a cabo en dichas provincias. Que el artículo 41 de la Constitución Nacional garantiza a todos los habitantes el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. Asimismo, dispone que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Que el Proyecto de Ley sancionado, al disponer sobre recursos provinciales, excede el alcance de las facultades reservadas a la Nación en el artículo 41 de la Constitución Nacional. Que las observaciones desarrolladas en los considerandos anteriores impiden la promulgación parcial del Proyecto de Ley, por cuanto su aprobación parcial implicaría alterar el espíritu y la unidad del proyecto sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION. Que el Gobierno Nacional, comprometido con la preservación del medio ambiente y en salvaguarda de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, considera oportuno invitar a los Señores Gobernadores, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales, de las Provincias cordilleranas, a constituir un foro interdisciplinario para la discusión de las medidas a adoptar en orden a la protección de los glaciares y del ambiente periglacial. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar el presente en virtud de lo dispuesto por el artículo 83 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º — Obsérvase el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.418. Art. 2º — Devuélvase al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el Proyecto de Ley mencionado en el artículo anterior. Art. 3º — Invítase a los Señores Gobernadores, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales, de las Provincias cordilleranas, a constituir un foro interdisciplinario para la discusión de las medidas a adoptar en orden a la protección de los glaciares y del ambiente periglacial. Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa.
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================================================== =============================== POLITICA AMBIENTAL NACIONAL Decreto 1837/2008 Obsérvase el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.418 Bs. As., 10/11/2008 VISTO el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.418, sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 22 de octubre de 2008, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional se encuentra comprometido con la protección del medio ambiente ya que es esencial para la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras. La preservación del ambiente constituye un aspecto fundamental de la agenda política internacional con impactos crecientes en el territorio nacional, declarándose al desarrollo sustentable como una política de Estado. Que se ha avanzado en la incorporación de la dimensión ambiental en todos los niveles de Gobierno, optimizando el uso de instrumentos tales como el ordenamiento territorial, la obligatoria evaluación del impacto ambiental, la adopción de sistemas de diagnóstico e información ambiental, la participación ciudadana y el régimen económico de desarrollo sostenible. Que en ese sentido, la Ley General del Ambiente Nº 25.675 establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. Que la referida Ley General del Ambiente dispone que los instrumentos de la política y la gestión ambiental son: el ordenamiento ambiental del territorio, la evaluación de impacto ambiental, el sistema de control sobre el desarrollo de las actividades antrópicas, la educación ambiental, el sistema de diagnóstico e información ambiental y el régimen económico de promoción del desarrollo sustentable. Que además, establece el Sistema Federal Ambiental con el objeto de desarrollar la coordinación de la política ambiental, tendiente al logro del desarrollo sustentable, entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instrumentado a través del Consejo Federal de Medio Ambiente. Que, por otra parte, establece las normas que regirán los hechos o actos jurídicos lícitos o ilícitos que, por acción u omisión, causen daño ambiental de incidencia colectiva, definiéndolo como toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos. Que por el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.418 se procura establecer los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas. Que a través de los artículos 3º, 4º y 5º del mencionado Proyecto de Ley se crea el Inventario Nacional de Glaciares, donde se individualizarán todos los glaciares y geoformas periglaciales que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional con toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo; se determina la información que deberá contener dicho Inventario y el plazo para su actualización; y se prevé su realización por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales con la coordinación de la Autoridad Nacional de Aplicación de la norma sancionada. Que al respecto, como bien ha señalado el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la gran mayoría de los glaciares que están ubicados en el territorio continental argentino, se encuentran en las adyacencias del límite internacional con la REPUBLICA DE CHILE, en áreas que se encuentran aún pendientes de demarcación, y la inclusión o exclusión de glaciares en el inventario puede tener efectos en relación con los trabajos de demarcación en curso. Que el artículo 6º del Proyecto de Ley prohíbe, en los glaciares, las actividades que puedan afectar su condición natural o que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance, en particular las siguientes: a) la liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen; b) la construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica; c) la exploración y explotación minera o petrolífera, incluyendo en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial saturado en hielo y d) la instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales. Que, tal como señala la SECRETARIA DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el establecimiento de presupuestos mínimos no puede limitarse a la absoluta prohibición de actividades, sino por el contrario a fijar parámetros mínimos que las provincias deben asegurar, pudiendo éstas establecer parámetros más rígidos aún, de acuerdo a su especial situación ambiental. Que, en la actualidad, previo a la autorización de cualquier actividad y la concreción de cada inversión debe verificarse a nivel provincial la posibilidad, viabilidad técnica y ambiental de su realización, y así únicamente se procede a autorizar las actividades que implican o conllevan la posibilidad de realizarse en el marco de un desarrollo sustentable con cuidado del medio ambiente. Que la prohibición de actividades descripta en el referido artículo 6º del Proyecto de Ley, de regir, podría afectar el desarrollo económico de las provincias involucradas, implicando la imposibilidad de desarrollar cualquier tipo de actividad u obra en zonas cordilleranas. En este sentido, la prohibición de construcción de obras de infraestructura no toma en cuenta que muchas de ellas tienen carácter público y son de uso comunitario como los pasos fronterizos; y la prohibición de la exploración y explotación minera o petrolífera, incluyendo en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial saturado en hielo, daría preeminencia a los aspectos ambientales por encima de actividades que podrían autorizarse y desarrollarse en perfecto cuidado del medio ambiente. Que, en virtud de que la Ley General del Ambiente Nº 25.675 prevé el sistema de evaluación de impacto ambiental previo a la autorización de toda obra o actividad susceptible de degradar el ambiente, la prohibición contenida en el artículo 6º del Proyecto de Ley sancionado resulta excesiva, no pudiendo constituir válidamente parte de un presupuesto mínimo ambiental. Que el artículo 7º del Proyecto de Ley dispone que todas las actividades proyectadas en los glaciares o el ambiente periglacial, que no se encuentran prohibidas, estarán sujetas a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, según corresponda conforme escala de intervención, previo a su autorización y ejecución, conforme a la normativa vigente, con excepción de las actividades de rescate, científicas y deportivas. Que el referido artículo 7º del Proyecto de Ley condiciona cualquier otra actividad no prohibida a la presentación y aprobación de estudio de impacto ambiental. Que el artículo 15 del Proyecto de Ley establece que las actividades descriptas en el artículo 6º, en ejecución al momento de la sanción de la norma, deberán, en un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días, someterse a una auditoría ambiental en la que se identifiquen y cuantifiquen los impactos ambientales potenciales generados, y en caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial se ordenará el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan. Que el referido artículo 15 del Proyecto de Ley, toda vez que pretende someter a las actividades en ejecución a una nueva auditoría ambiental a resultas de la cual, podría disponerse el traslado o cese de la actividad, no pondera que cada actividad en ejecución en las provincias involucradas pasa por las evaluaciones y autorizaciones ambientales pertinentes previo a entrar en ejecución y es objeto de monitoreo constante por parte de las autoridades ambientales provinciales. Que las actividades que la norma prohíbe en su artículo 6º y la realización de una auditoría ambiental de las actividades en ejecución prevista en el artículo 15, no contempla que las provincias involucradas, a través de las instituciones y las normas nacionales y locales existentes, cuentan con los controles suficientes para evaluar y autorizar las actividades de infraestructura, industriales, mineras, hidrocarburíferas, etc., en plena armonía, equilibrio y cuidado del medio ambiente. Que por ello, Gobernadores de la zona cordillerana han manifestado su preocupación con lo dispuesto por la norma sancionada, toda vez que repercutiría negativamente en el desarrollo económico y en las inversiones que se llevan a cabo en dichas provincias. Que el artículo 41 de la Constitución Nacional garantiza a todos los habitantes el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. Asimismo, dispone que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Que el Proyecto de Ley sancionado, al disponer sobre recursos provinciales, excede el alcance de las facultades reservadas a la Nación en el artículo 41 de la Constitución Nacional. Que las observaciones desarrolladas en los considerandos anteriores impiden la promulgación parcial del Proyecto de Ley, por cuanto su aprobación parcial implicaría alterar el espíritu y la unidad del proyecto sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION. Que el Gobierno Nacional, comprometido con la preservación del medio ambiente y en salvaguarda de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, considera oportuno invitar a los Señores Gobernadores, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales, de las Provincias cordilleranas, a constituir un foro interdisciplinario para la discusión de las medidas a adoptar en orden a la protección de los glaciares y del ambiente periglacial. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar el presente en virtud de lo dispuesto por el artículo 83 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º — Obsérvase el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.418. Art. 2º — Devuélvase al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el Proyecto de Ley mencionado en el artículo anterior. Art. 3º — Invítase a los Señores Gobernadores, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales, de las Provincias cordilleranas, a constituir un foro interdisciplinario para la discusión de las medidas a adoptar en orden a la protección de los glaciares y del ambiente periglacial. Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. TEMA RELACIONADO: El calafate Todos le dicen ‘el hotel de Cristina’ y cuesta US$ 700 por día con desayuno Se llama Los Sauces, como la residencia presidencial que está en el terreno lindante y como la inmobiliaria que creó la familia Kirchner el año pasado. El gerente general es el secretario privado de la pareja gobernante, Ricardo Barreiro, pero la comercialización está a cargo del Hotel Panamericano. Cristina K contrató una arquitecta para parquizar los jardines. Por Diego Genoud
Ampliar: Diario Perfil | El calafate - Todos le dicen ‘el hotel de Cristina’ y cuesta US$ 700 por día con desayuno
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Administrador
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Igual no me extraña nada ya.
Pensá que dede la época del M*n*mismo, tenemos contratos de explotación minera en los cuales terminamos pagando porque se lleven nuestro oro | -
Usuario
| Muy buen informe amigo ,aca no van argumentar que es trucho el informe .Es una realidad muy triste esta vetada una ley porque tratan de defender a intereses comerciales internacionales y no a los intereses nacionales. Esta protegiendo la inversion de empresas multinacionales como Barrick Gold la cual en la frontera de Argentina y Chile tiene uno de los negocios mineros mas importantes de Sudamerica, valga aclarar que el negocio no es para nuestro pais . Ademas de explotar nuestros suelos y vaciarnos de todas riquezas estas empresas no son controladas por su impacto ambiental , el agua dulce es cada vez mas dificil de conseguir en el mundo sin embargo aca se veta una ley de proteccion .Suena a Traicion a la patria y un nivel de corrupcion tan evidente que ya ni necesitamos andar viendo informes secretos, te lo muestran y te lo friegan en la cara por Dios es terrible. El Patilludo al lado de estos caraduras es un bebe de pecho . Es increible como nos cogen y ni si quiera en un rincon te la ponen caminando y en chancleta !! Abran sus ojos , el nivel de corrupcion de este gobierno supera a todos los anteriores , ojo que no digo que algun gobernate nuestro no fue corrupto pero estos se zarpan . Muy detallado tu informe y antes de objetar algo al post por favor informensen no defiendan cosas indefendibles porque este veto es imposible de defender. Gracias por tu informe Orphen !!!! | -
Usuario
| Bueno, esto si es desastroso, acá estamos de acuerdo. La política de recursos naturales de este gobierno es pésima. Pero, los recursos son del pueblo argentino, y los debe administrar el Estado nacional. Esto significa que todas las concesiones debe ser anuladas, y nacionalizar todo. Con esto muchos seguramente no están de acuerdo. Entonces a veces no se sabe bien a dónde apuntan las críticas. No lo digo por nadie del foro en particular, sino en general. Muchas personas reconocen que algunas medidas políticas son un saqueo pero después no quieren cortar el círculo vicioso. Hay como un gataflorismo en general. Le recuerdo a algún despistado que la gata flora, si se le ponen grita, y se se la sacan llora. Sucede con lo de las AFJP, por ejemplo. Ahora resulta que mucha gente está en contra de la medida tomada por el gobierno. Muchos dicen con cara de asombrados: "se llevan nuestros recursos, cómo puede ser", pero cuando hay que nacionalizar todo, se oponen. Y acá no hablamos de un gobierno. Hablamos del Estado señores. Cristina Fernández de Kirchner, en algún momento va a dejar el poder. Entonces no hay que ser tan necio de centrar las ojos en un gobierno, sino en la estructura estatal. Tenemos que tratar de fortalecer el Estado, que en definitiva es un gran consorcio del que todos somos co-propietarios. No se puede construir una nación sin sus recursos y dejar todo en manos de privados. Hubo una corriente política, el neoliberalismo, que quiso desprender al Estado de sus obligaciones. Y este pensamiento caló muy hondo en muchos argentinos. No puede quedar la salud en manos privadas, la jubilación en manos privadas, el gas en manos privadas, el petróleo en manos privadas, la educación en manos privadas, las rutas en manos privadas. Es un disparate. Es como si volvieras del trabajo y al llegar a tu casa te das cuenta de que nada es tuyo. Solo te queda la alfombra. La TV no es tuya, la mesa no es tuya, el inodoro no es tuyo, el horno no es tuyo, la PC no es tuya, las sillas no son tuyas, las medias no son tuyas. ¿Cómo podrías vivir así? imposible. Entonces hay que hacer un corte profundo y recuperar el rol centra del Estado por el bien del país y de todos los argentinos. | -
Usuario
| Nachos amigo , conoces lo que significa libre albeldrio ? Es algo muy diferente a la gata flora . Libre albeldrio quiere decir en el caso de las AFJP que yo como individuo puedo tomar la decision de tener una jubilacion de mierda privada o una jubilacion de mierda estatal , yo particularmente entre engañado en el sistema privado pensando en las lindas propagandas de viejitos recorriendo el mundo con los haberes de su retiro. Me di cuenta que todo era un sitema de mierda y que siempre tenia la misma plata o menos ahorrada, hace un año nos dieron la posibilidad de cambiarse de sistema muchos optaron por quedarse y otros se cambiaron al sistema de reparto, yo no dude en hacerlo y aconseje a todo conocido que tomara igual decision. Entonces eso si es libre albedrio , yo decidi hacerlo otros no y tienen el derecho de asi seguir si lo desean y no que el gobierno decida por su cuenta individual de ahorro, porque vos sabes que si eras medio boludo tambien podias depositar mas que el minimo para aumentar en el futuro tus ilusiones de una buena jubilacion. Ahora todos van a la misma bolsa sin consulta previa con los ciudadanos que ya hace un año le dijeron que no al traspaso de los fondos. Me queres explicar entonces para que tomaron esa medida y ahora lo hacen en forma forzosa. No me vengan con la crisis mundial y que la inversiones cayeron un 20% o 40% o un 100 % si lo quieren hacer bien abran sin limites de tiempo el traspaso de un lado al otro y que la gente decida, si se equivocan es problema privado de cada uno en el futuro y no me vengan a decir que estan preocupados por nuestro futuro porque a este ritmo de recaudacion las jubilaciones del estado tambien van a ser deprimentes .Ojo yo me pase a la jubilacion del estado, pero afirmo que cada uno tiene que decidir por si mismo y no el estado por uno en este caso. Como quienes no votaron a esta Presidenta deben de soportarla y tratar de cambiar en las proximas elecciones, tambien ella debe respetar nuestras decisiones privadas. Criticar a un gobierno no es golpismo es ver de otra manera la realidad.Te recuerdo tambien que en el periodo de las famosas privatisaciones el expresidente y la Presidenta apoyaron desde su gobernacion y desde el senado la aprobacion de dichas estafas como la venta de YPF por lo cual la provincia de Santa Cruz recibio regalias que hoy en dia estan depositadas quien sabe donde.Que gobiernos anteriores fueran corruptos no justifican que este tambien lo sea poque sino estamos en el horno. Y para mi estamos en el horno se acuerdan aquel que se vayan todos , hoy en dia miren que son los mismos jugadores en diferentes puestos con camisetas de diferentes colores , pero en la misma cancha y con los mismos espectadores. Amigo aca los politicos tienen una sola ideologia y es robar todo lo que mas puedan mientras esten al poder. Si te asusta la idea de todo privado y que no tenga intervencion el estado y te asusta mas todavia el echo de que ni casa tengas , te aclaro que habia un maravilloso pais donde el estado era dueño de todo gas luz petroleo educacion deportes energia atomica seguridad todo era del estado como lo era tambien tu vida , tu familia, muy pocos tenian propiedad privada , no podias salir del pais y otras cositas mas hoy en dia ese muro cayo y vimos que no era tan lindo como nos decian.Tratemos entre todos de hacer un pais mejor pero no tratemos de justificar delicuentes al gobierno porque serian menos malos que los anteriores, no los acuso de zurdos porque roban a dos manos y hay mucha gente honesta en partidos con esa ideologia que nunca gobernaron nuestro pais y yo igualmente no votaria.Estos no son Montoneros , no actuan por ideologia politica, solo lo hacen para llenarse de plata Un abrazo amigos y sigamos debatiendo pero siempre teniendo en cuenta que todos los que aqui estamos sufrimos los mismos problemas aunque opinemos diferente | -
Admin ®
| que hizo que?????????????? a la mier...
esto no es como llegar tarde a una foto del grupo no se cuanto, pero una cosa lleva a la otra y todo es una bosta... qué desastre, impresentables... | -
Usuario
| Bueno, voy a tratar de no extenderme mucho (algo bastante difícil en estos temas) para no desviar el tema del post de nuestro amigo Orphen.
- Con respecto a lo de las AFJP, cuando se sanciona la ley 24.241 impulsada por Cavallo allá por el '93 el 80% de los trabajadores activos que pasan a las AFJP fueron traspasados automáticamente. Que se lo bautizó con el nombre de "indecisos". Osea que en ningún momento existió la posibilidad de elegir. Y la mayoría de los trabajadores que ingresaban al mercado laboral terminaban rehenes de esas administradoras, y no pudieron salir de ahí hasta el año pasado.
- Con respecto a lo del libre albedrío y que cada cual debe poder elegir su opción jubilatoria, el siguiente relato lo sintetiza muy bien. Muchos de uds conocerán al filósofo y economista Inglés Stuart Mill. No me acuerdo bien, pero creo que era un su libro "Sobre la libertad" que aparecía el famoso planteo del puente y la libertad. En ese planteo un extranjero llega a un pueblo en el que hay un gran puente que une al pueblo con otra localidad. El extranjero se dirige a esa localidad entonces tiene que cruzar el puente. Pero el puente está en muy mal estado y pronto se desmoronará. Los habitantes del pueblo saben que el puente puede desmoronarse, entonces el tipo (Stuar Mill, el filósofo), qué estaba bastante obsesionado con el tema de la libertad, se pregunta que habría que hacer con el extranjero para no afectar su libre elección. Llega a la conclusión de que lo mejor sería que los habitantes del pueblo le advirtieran del estado del puente, pero que él decida si cruzar o no. Este planteo, por supuesto, fue muy criticado por diversas corrientes posteriores, y fue usado para ejemplificar el rol estatal. Nos sirve también para aplicarlo a lo de las AFJP. Si todos sabemos que el sistema privado da enormes perdidas, es un fracaso y las jubilaciones que pagan son mucho peores incluso que las del Estado, tendríamos que avisarle a los afiliados: "Muchachos, dentro de 30 años cuando se jubilen no van a poder comprarse ni una rollo de papel higiénico" y dejarlos que hagan lo que les parezca. Eso sería lo que debieran hacer los habitantes del pueblo con el extranjero para Stuart Mill. Pregunto yo, ¿y si mejor arreglamos el puente?. Es el rol del estado arreglar el puente para el que pase no se muera, y no avisarle que el puente esta por desmoronarse. Con ese concepto no deberían reparar las escuelas, simplemente tendrían que avisarle a los chicos que se les puede caer un pedazo de mampostería en la cabeza. O si saben que en tal calle hay un ladrón robando en la esquina, el policía te diga: "Señor en esa esquina están robando, yo le aviso para no afectar su libre albedrío, usted si quiere vaya y pase", cuando en realidad tendría que arrestar al ladrón. Piensen un poco en esto, a muchos conocidos que se los comenté cambiaron de parecer.
- También hay que recordar que el año pasado, cuando abrieron el traspaso, para pasarse al Estado había que hacer un trámite. Y para quedarse en la AFJP no había que hacer nada. Esto no es un dato menor, sabemos lo engorrosos que son los trámites en este país, desde matrículas, licencias, DNI etc. y cuando a alguien le decís ¡trámites! no quiere saber nada. Conozco mucha gente que ni siquiera sabe qué significa la sigla AFJP, ni cómo funciona el sistema, ni qué es una cuota parte, desconoce todo. Simplemente está ahí porque la pasaron, o se pasó y listo. Y cuando abrieron el traspaso se quedo en lo más cómodo, la AFJP. Hubieran hecho al revés, pasan todos al Estado y los que quieran permanecer en la AFJP hacen un trámite. Ahí se hubiera visto cuántos verdaderamente querían estar en la AFJP.
- Con respecto a lo que decís del rol del Estado me parece una exageración. Me das como ejemplo un sistema dictatorial, es como si yo te dijera que el Estado no debe intervenir por lo que paso en la dictadura del 76 acá. Porque ése Estado era asesino, no significa que no pueda existir un Estado "limpio". Creo que la solución pasa cada vez más por el Estado. Tenemos que construir un Estado limpio, honesto, nacional, entre todos. Es lo mismo que pasa con la clase política. Muchos piensan que los políticos son todos chorros o corruptos.
Es algo falso, muchos son chorros y corruptos pero no todos. Con ese concepto tendríamos que suicidarnos en masa. Tenemos que buscar gente honesta para dirija el rumbo. Debemos aprender que hay buenos y malos, separarlos, quedarnos con los buenos y darle un boleo en el culo a los malos. Si caemos en ese "son todos malos, son todos chorros", nos perderíamos de encontrar a los buenos. El que generaliza se equivoca, decía mi abuela.
Criticar a un gobierno no es golpismo es ver de otra manera la realidad.
Yo nunca dije lo contrario. Todos somos libres de criticar lo que se nos ocurra.
Te recuerdo tambien que en el periodo de las famosas privatisaciones el expresidente y la Presidenta apoyaron desde su gobernacion y desde el senado la aprobacion de dichas estafas como la venta de YPF por lo cual la provincia de Santa Cruz recibio regalias que hoy en dia estan depositadas quien sabe donde.
Lo sé, en ningún momento defiendo a este gobierno. No soy kirchnerista no los voté ni los voy a votar, simplemente festejó las buenas medidas y critico las malas. Los que son anti-k piensan que soy kirchnerista, pero no es así. No voy en masa como la mayoría criticando todo o festejando y apoyando todo. Se diferenciar de lo bueno y de lo malo. Algunos apoyan todo, Muchísimos critican todo, yo no.
Un abrazo amigos y sigamos debatiendo pero siempre teniendo en cuenta que todos los que aqui estamos sufrimos los mismos problemas aunque opinemos diferente
Obviamente que estamos de acuerdo. Todos queremos el bien para el país aunque tengamos diferencias políticas.
Bueno, quería ser breve pero me fui al diablo. En fin, el tema de las AFJP es muy muy largo, y bastante complicado y no da como para debatirlo en un comentario. Sólo me limite a escribir lo del libre albedrío y lo de los traspasos automáticos, podría citar la constitución también (Art. 14 bis 3er parágrafo) pero se hace más extenso. Esto de las polémicas y debates está bueno pero me quita mucho tiempo.
Saludos | -
Usuario
| Bueno, a ver:
+10 a este comentario:
"Lo sé, en ningún momento defiendo a este gobierno. No soy kirchnerista no los voté ni los voy a votar, simplemente festejó las buenas medidas y critico las malas. Los que son anti-k piensan que soy kirchnerista, pero no es así. No voy en masa como la mayoría criticando todo o festejando y apoyando todo. Se diferenciar de lo bueno y de lo malo. Algunos apoyan todo, Muchísimos critican todo, yo no. "
Orphen: excelente la foto de Cristina. También estoy de acuerdo con el tema ecológico. Es cierto que este es un tema altamente crítico al que nadie le da bola pero creo que no hace falta agregar más nada, esta nota lo dice todo.
Y ahora mi toque de sarcasmo:
Que levante la mano quien cuando camina muuuy placidamente por la playa (más precisamente por la orilla del mar) y se cruza con una de las taaantas botellas de plástico que andan flotando por ahí (entre otros desechos), la levanta y la deposita en el contenedor de basura más cercano?.
Si alguien puede contestar esto, luego sigo con la segunda parte. Sorpréndanme!!!. | -
Soy Un Tipo Colgado!
| Iniciado por SpiderColo Y ahora mi toque de sarcasmo:
Que levante la mano quien cuando camina muuuy placidamente por la playa (más precisamente por la orilla del mar) y se cruza con una de las taaantas botellas de plástico que andan flotando por ahí (entre otros desechos), la levanta y la deposita en el contenedor de basura más cercano?.
Si alguien puede contestar esto, luego sigo con la segunda parte. Sorpréndanme!!!. no voy muy a menudo por la playa, pero hace poco fui a las sierras de tandil con el colegio y no podia creer lo sucia q es la gente, plena montaña, reserva ecologica y un flaco tirando una botella de coca.. podes creer?
te juro por mi vieja q la levante, lo recague a pedos, lo humille y le dije a la vicedirectora q estaba ahi.. quede como el peor, pero ese flaco no vuelve a tirar una botella en la calle en todo el resto de su vida.. | -
Usuario
| Bueno primero vamos al lo mas corto , tenes mucha razon Spidercolo no levantaria la botella y la pondria en el cesto pero si te aseguro que no la tiraria ni yo ni nadie que este conmigo porque lo cagaria a pedo. El problema es cuando el que tira la botella de plastico al agua es la Presidenta ,como le decis a tu hijo , amigo o a quien sea que no lo haga si vos no das el ejemplo .Bueno Nachos con respecto al ejemplo que das sobre el puente y la libre eleccion , en nuestro caso el estado permitio como bien decis vos el deterioro del puente, hablo de este gobierno y todos los anteriores. Permitio a las AFJP hacer lo que querian , cobrar importantes comisiones , administrar fondos como se les ocurra sin control efectivo de nadie , y no nos olvidemos tampoco que el deficit de ahorros tambien es porque , no este gobierno pero si otro anterior es decir nuestro Estado le vendio en forma obligatoria a las AFJP bonos de nuestro pais que luego dieron perdidas catastroficas y esas perdidas no la asimilaron las administradoras sino que se perjudico directamente a los afiliados. Nuestro Gobierno no nos advierte sobre las administradoras sobre sus comisiones y perdidas de ahorros o lo que fuera ellos en este caso no aplican ningun concepto filosofico simplemente derriban el puente entendes Nacho, no lo arreglan ni lo dejan como estan lo derriban y te obligan a subir a su puente OJO QUE YO TE DIJE QUE ME SUBI AL PUENTE ESTATAL . Si el traspaso de un sistema al otro es la complicacion busquen un sistema de facil acceso y no me digas que no lo hay poque lo hay , simplificalo todo y ayudemos a quien no tiene la capacidad de resolver el problema . Pero no eligamos por cada uno, si me sacas el puente en realidad nunca me diste la oportunidad de eleccion vos me obligas a tomar si o si tu camino y en la practica si el puente es privado no necesariamente tiene que pasar al estado , tendria que ser controlado para evitar problemas , en realidad es una fantasia mia porque Aerolineas Argentinas era privada y controlada por el estado y asi quedo peor que tu puente , pero por culpa de un mal control y falta de eficacia del gobierno en controlar todos los actos de empresarios corruptos. Nacho no se preocupan por nosotros se preocupan por la recaudacion que no les da !! . Las escuelas publicas son del Estado por lo tanto si un pedazo de mamposteria se te cae en la cabeza es responsabilidad del gobierno , lo mismo pasaria si fuera en un colegio privado seria responsable el o los dueños de ese establecimiento quienes respondan por ese problema el cual a su vez debe estar controlado por una habilitacion el estado de las estructuras si se cumple o no en los dos casos seria igual responsabilidad del estado . Vos te crees que en lo privado el estado no tiene nada que ver , es el que debe controlar toda actividad privada , supuestamente para eso se cobran impuestos ademas de para otras cosas . El 90 % de los politicos es corrupto eso esta muy claro el sistema de eleccion de diputados y senadores a dedo es corrupto , a mi me queda la esperanza que algun dia cambie esto igual que a todos los que estamos aca , sino para que mierda nos pondrianos a debatir no? No nos suicidemos , como diria Fito yo vengo a ofrecer mi corazon.Un abrazo amigos me voy a laburar hasta mañana . AHHHHHHH che lo de gobierno estatista no me referia a la dictadura sino al comunismo , aca teniamos casa y nos podiamos ir , siempre que tuvieramos plata bueno ta largo y se me hace tarde nos vemos amigos !!!! No se desesperen quizas algun dia podamos cambiar algo entre todos , incluyendo mis faltas de HORTOGRAFIA !! | |